Renovación obligatoria del empadronamiento
Una reforma casi olvidada aparejada a la ley de extranjería española que se modificó en diciembre de 2003 amenaza con provocar un nuevo colapso en los ayuntamientos. Al menos 800.000 inmigrantes -todos los que no tienen residencia permanente- están ahora forzados legalmente a pasar por los consistorios para renovar su empadronamiento. Si no lo hacen, y los ayuntamientos no están obligados a avisar a los extranjeros, éstos serán inmediatamente borrados del padrón, perdiendo así prestaciones municipales, ayudas y la prueba del arraigo que a muchos pudiera llevarle a conseguir los papeles en el futuro.
La clave es el nuevo artículo 16 de la Ley Reguladora de las bases del régimen local. Esta norma se modificó junto a la ley de extranjería 14/03 con el consenso del gobierno del PP y el PSOE. El objetivo de los cambios era tener actualizados los padrones e impedir que inmigrantes que habían cambiado de municipio siguieran en los registros de sus anteriores ciudades.
Para ello, el nuevo artículo estableció que «la inscripción padronal sólo surtirá efecto (…) por el tiempo que subsista el hecho que la motivó y, en todo caso, deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años cuando se trate de inscripción de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente».
Según datos del ministerio del Interior, a 1 de enero de 2004 había en España 1.074.895 extranjeros, de los que sólo 274.547 personas tenían permiso de residencia permanente, es decir, que 800.348 extracomunitarios deberán ‘reempadronarse’. A esta cifra habría que sumar los inmigrantes irregulares que por entonces, aunque empadronados, no tenían permiso de residencia.
La situación es tan preocupante que el INE ha enviado ya urgentemente una circular a los 8.000 ayuntamientos del país para advertir de la avalancha. Estadística, que reconoce que esta forzada campaña «no resuelve totalmente» el problema de los extranjeros que siguen de alta en los municipios pese a haberse marchado, ya anuncia que todos los afectados que no acudan a las oficinas serán dados de baja desde el 22 de diciembre de 2005.
La Dirección General de la Policía comunicará mensualmente al INE los extranjeros a los que se haya otorgado autorización de residencia permanente, así como los que hayan perdido este permiso.
Estos listados se darán a cada consistorio con la advertencia de proceder contra los inmigrantes ‘desempadronables’, a los que denomina: Los ENCSARP (extranjero no comunitario sin autorización de residencia permanente).
Sin aviso previo
Estadística, que deja claro en su escrito desde el principio que los ayuntamientos no tienen siquiera obligación de advertir a los inmigrantes que pueden perder sus papeles, incide en que esta renovación no puede ser «un acto de mero trámite», sino que será «un acto expreso mediante el cual el ciudadano, o su representante, manifieste su voluntad expresa de renovar la inscripción». Por lo que, el INE exigirá actas notariales de representación a las personas que aspiren a representar a los inmigrantes.
Entre tanto, la mayoría de los ayuntamientos asegura que desconoce o no tiene disponibles las aplicaciones informáticas de las que habla el INE para ‘desempadronar’ o ‘reempadronar’ a los ENCSARP.
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