El 22 de diciembre de 2003 entró en vigor la nueva reforma de la Ley de Extranjería de España, la tercera reforma en tres años de esta norma, que modifica 20 de sus 70 artículos.
Tramitado por el procedimiento de urgencia, el proyecto logró el apoyo del grupo parlamentario socialista, al que el Partido Popular aceptó la mayoría de sus enmiendas, entre ellas la que establece un visado de tres meses de duración para buscar un puesto de trabajo (a través del sistema del contingente laboral).
Novedades:
Entre las novedades que comenzarán a aplicarse está la obligación de las compañías de transportes -sobre todo aéreas- a informar a las autoridades de los pasajeros que viajan a España y después no utilizan su billete de vuelta.
Otra medida importante es la que tipifica como infracción muy grave las actuaciones que favorezcan la inmigración ilegal -con multas de 60.000 a 500.000 euros.
Amplía asimismo los supuestos de utilización de procedimientos de expulsión a aquellas personas que cometan delitos graves y recoge el reconocimiento mutuo entre los Estados de la Unión Europea de las resoluciones de expulsión.
Para facilitar la inmigración legal, la principal novedad del texto es la supresión de trámites innecesarios, por lo que el visado podrá tener la consideración de permiso de trabajo o residencia.
Se obligará a los extranjeros a gestionar personalmente determinados trámites con el objetivo de evitar abusos y fraudes por parte de terceras personas.
Una de las novedades de la ley más cuestionadas por sindicatos, ONG y algunos grupos políticos consiste en la posibilidad de que la policía acceda a los datos del padrón municipal, único requisito imprescindible para que un extranjero tenga derecho a acudir a la sanidad y educación públicas.
Más noticias:
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